El Tribunal Administrativo de Bolívar ordenó suspender provisionalmente la intervención estatal de Coosalud EPS y devolver la administración de la entidad a sus antiguos representantes legales, al considerar que la medida adoptada por el Gobierno nacional no ha logrado resolver los problemas financieros y las dificultades en la prestación de los servicios de salud. La decisión, adoptada el 29 de octubre de 2026 por el magistrado Luis Miguel Villalobos Álvarez, deja sin efectos provisionales las resoluciones de la Superintendencia Nacional de Salud que ordenaron la intervención forzosa administrativa de la EPS en noviembre de 2024 y su posterior prórroga. Según la providencia, los resultados de la intervención no han sido suficientes para superar las dificultades que motivaron la toma de control de la entidad. Por el contrario, los informes examinados por el tribunal advierten que persisten problemas financieros, dificultades en la atención de los afiliados y obstáculos para garantizar la prestación oportuna de los servicios médicos. El tribunal cuestiona los resultados de la intervención Para tomar la decisión, el magistrado analizó informes y documentos relacionados con el seguimiento realizado por organismos de control, entre ellos la Procuraduría General de la Nación, la Contraloría General de la República y la Defensoría del Pueblo. Los reportes examinados señalan dificultades en la entrega de medicamentos, demoras en la asignación de citas y autorizaciones, además de problemas para garantizar los pagos a clínicas, hospitales y otros prestadores de servicios de salud. La Supersalud defendió la continuidad de la medida Durante el proceso judicial, la Superintendencia Nacional de Salud se opuso a la devolución de la administración de Coosalud EPS a sus antiguos directivos. La entidad argumentó que las dificultades financieras y asistenciales eran anteriores a la intervención y que precisamente esas condiciones justificaron la decisión de asumir el control de la EPS. También sostuvo que se habían implementado planes de mejoramiento, mecanismos de seguimiento y mesas técnicas para corregir las deficiencias identificadas. Por su parte, el agente interventor advirtió sobre los posibles riesgos que podría representar el levantamiento de la medida para la atención de los afiliados. ¿Quiénes volverían a asumir la administración de Coosalud? En cumplimiento de la decisión judicial, la administración de la EPS deberá regresar a quienes ocupaban los cargos de representación legal antes de la intervención. Se trata de Jaime Miguel González Montaño, quien ejercía como presidente y representante legal de la entidad, y Natalia Largo González, representante legal suplente. De acuerdo con la providencia, ambos podrán retomar sus funciones hasta que se produzcan nuevos nombramientos conforme a los estatutos de la organización. El tribunal también ordenó comunicar la decisión a la Cámara de Comercio de Cartagena para que se realicen las anotaciones correspondientes. ¿Qué pasará con los afiliados? La decisión judicial modifica provisionalmente quién debe administrar Coosalud EPS, pero no significa que desaparezcan las obligaciones de la entidad con sus usuarios ni que se solucionen automáticamente las dificultades en la prestación de los servicios de salud. La EPS deberá continuar garantizando la atención médica de sus afiliados, mientras avanzan las actuaciones judiciales y las labores de vigilancia de los organismos de control. En ese contexto, uno de los principales desafíos será asegurar la continuidad de los tratamientos, la entrega de medicamentos, las autorizaciones médicas y la atención de los pacientes que requieren servicios especializados. La situación también mantiene la atención sobre las condiciones financieras y operativas de la entidad, así como sobre las medidas que deberán adoptarse para garantizar el derecho fundamental a la salud. La decisión no es definitiva Aunque el fallo representa un nuevo revés para la Superintendencia Nacional de Salud en el manejo de Coosalud EPS, el tribunal aclaró que la suspensión de la intervención tiene carácter provisional. Esto significa que todavía no existe una decisión definitiva sobre la legalidad de las actuaciones administrativas que llevaron al Gobierno a asumir el control de la entidad.

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