Colombia se prepara para una nueva jornada de elecciones regionales, prevista para el 31 de octubre de 2027. Aunque todavía falta más de un año para los comicios, los posibles candidatos y las organizaciones políticas ya comenzaron a definir sus movimientos y a revisar las condiciones legales para participar. Uno de los principales aspectos que deberán tener en cuenta quienes actualmente ocupan cargos públicos son las inhabilidades electorales. El abogado y experto en derecho electoral Alfonso Portela explicó que, como regla general, muchas de estas restricciones tienen como referencia los 12 meses previos a la jornada electoral, aunque existen excepciones dependiendo de cada caso. De acuerdo con el jurista, quienes ejerzan funciones públicas, tengan familiares en determinados cargos estatales o hayan ejercido autoridad en las circunstancias contempladas por la ley deben revisar con anticipación los tiempos de desvinculación. Para las elecciones de 2027, una de las fechas de referencia será el 31 de octubre de 2026. La situación también aplica para quienes tengan vínculos contractuales con el Estado. Según Portela, la jurisprudencia de la Sección Quinta del Consejo de Estado ha establecido que, en determinados casos, la inhabilidad puede configurarse desde el momento en que se celebra el contrato y no necesariamente cuando comienza su ejecución. Otro asunto que puede complicar las aspiraciones es el cambio de partido político. Los funcionarios que actualmente tienen un cargo de elección popular y pretendan presentarse en 2027 por una colectividad diferente deben cumplir los plazos establecidos para evitar incurrir en doble militancia. Portela señaló que, para quienes se encontraban en esa situación, el plazo para renunciar a la colectividad y posteriormente aspirar por otra ya habría vencido en junio de 2026. Por esta razón, quienes no cumplieron oportunamente con ese requisito podrían enfrentar restricciones para participar en los próximos comicios. En el caso de concejales y diputados que quieran aspirar a una alcaldía o gobernación sin finalizar su actual periodo, también será necesario revisar las reglas aplicables. El actual periodo de estos funcionarios termina el 31 de diciembre de 2027, mientras que los nuevos mandatarios asumirán el 1 de enero de 2028, por lo que los periodos no se superponen. La doble militancia, además, no se limita al cambio formal de partido. La normativa también contempla restricciones relacionadas con el respaldo que un dirigente o funcionario puede brindar a candidatos de otras colectividades. Este aspecto ha sido desarrollado mediante decisiones del Consejo de Estado y la Corte Constitucional bajo el principio de lealtad partidista.

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