La Corte Constitucional, mediante la Sentencia C-312 de 2026 con ponencia del magistrado Vladimir Fernández Andrade, mantuvo en el ordenamiento la Ley 2385 de 2024 —conocida como No Más Olé—, que prohíbe las corridas de toros y prácticas afines tras un periodo de transición, reportó Infobae.
La Sala Plena estudió cinco cargos sobre trámite legislativo, impacto fiscal de la reconversión, diversidad y patrimonio cultural, competencia de las comisiones sextas y afectación al derecho al trabajo. En varios puntos se remitió a la Sentencia C-374 de 2025; en otros hizo análisis de fondo.
La norma, sancionada el 22 de julio de 2024, fija que a partir del 22 de julio de 2027 quedan prohibidas en todo el país las corridas, el rejoneo, las novilladas, las becerradas y las tientas. En la transición, las actividades autorizadas deben cumplir reglas de bienestar animal y limitarse a sitios con tradición ininterrumpida. Queda vedado destinar recursos públicos a construir o financiar esas prácticas.
El tribunal concluyó que la ley podía tramitarse por procedimiento ordinario, que las comisiones sextas sí eran competentes por el eje cultural de la reforma y que la restricción laboral es razonable dada la transición de tres años y las medidas de reconversión a cargo de ministerios, el SENA y el sector.
El magistrado Carlos Camargo Assis salvó el voto, en especial sobre la cosa juzgada frente a la diversidad étnica y cultural, y advirtió riesgos de clandestinidad, control deficiente y pérdida de recaudo. La Plataforma ALTO celebró el fallo y recordó que la ley es de autoría de la senadora Esmeralda Hernández.
El fallo consolida el calendario hacia la veda de 2027 y deja intacto el diferimiento de tres años sobre coleados, corralejas y peleas de gallos declarado en 2025. Para alcaldías y gremios taurinos, la señal es clara: hay que planear reconversión cultural de escenarios públicos antes de que venza el plazo.

